EL TRABAJO POR CUENTA AJENA
Si optas por
trabajar por cuenta ajena, ciertos aspectos de tu
relación con la empresa deberán formalizarse mediante un
contrato laboral.
Cuando una persona presta un servicio
por cuenta y dentro del ámbito de organización y
dirección de otra, se presume la existencia de un
contrato. La persona que recibe el servicio, lo hace a
cambio de una remuneración.
En el momento de entrar a formar parte
de una organización, es el empresario el que debe
informarte sobre las condiciones de prestación de tu
ejecución laboral, así como de los elementos esenciales
del contrato.
Una vez celebrado el contrato, los
trámites burocráticos necesarios corren a cargo de la
empresa contratante:
- afiliación y/o alta en la Seguridad Social
dentro de los cinco días anteriores a la fecha de
comienzo del contrato,

- registro en el INEM en los diez días siguientes
a la misma fecha.
La documentación que te van a solicitar
para formalizar tu contrato de trabajo es:
- fotocopia del DNI,
- tarjeta de la Seguridad Social (si la tienes),
- tarjeta de demandante de empleo,
- fotocopias de documentación acreditativa de tu
titulación académica y profesional.
TUS DERECHOS Y OBLIGACIONES
El contrato laboral, como los demás
contratos, configura un acuerdo de voluntades que genera
unas obligaciones y otorga unos derechos a ambas partes.
Como trabajador, tendrás derecho a la
no-discriminación para acceder a un puesto de trabajo; a
la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo; a
la promoción y formación profesional en el trabajo; a tu
integridad física y a una adecuada política de seguridad
e higiene; al respeto de tu intimidad y a la
consideración debida de tu dignidad; a percibir
puntualmente la remuneración pactada; y al ejercicio
individual de las acciones derivadas de tu contrato de
trabajo.
Por otro lado, tendrás el deber de
cumplir las obligaciones concretas del puesto de
trabajo, de acuerdo con las reglas de la buena fe y
diligencia; de observar las medidas de seguridad e
higiene que se adopten en la empresa; de cumplir las
órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio
de su función directiva; así como las demás obligaciones
que se establezcan en tu contrato. También deberás
contribuir a mejorar la productividad de la empresa y no
podrás realizar la misma actividad que la empresa en
competencia con ella.
|